Os hacemos llegar el contenido de las instrucciones de la Directora general de Planificación y Equidad de 18 de marzo de 2020, sobre el servicio de comedor en los centros docentes, y los becados de comedor, durante la situación de estado de alarma llegas al CRA:
Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El Real Decreto-ley 7 /2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, en su artículo 8 garantiza el Derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativo.
A la vista de la normativa expuesta, se adoptan las siguientes INSTRUCCIONES:
- Se suspende el servicio de comedor en todos los centros educativos hasta el levantamiento de las medidas adoptadas como consecuencia del Estado de
- Las cuotas que hayan satisfecho las familias en concepto de comedor, serán compensadas con las cuotas a devengar en futuros meses.
- En el caso de que se declare la prórroga del Estado de Alarma, no se procederá al cobro de las cuotas, aunque estén domiciliadas, por parte de los centros docentes, hasta qué se retome la actividad docente presencial, y en consecuencia el servicio de comedor.
- En el caso de que fuera necesario, los centros docentes deberán realizar a final del curso, un análisis del estado de pagos de las familias, para valorar si procede el abono de importes a las mismas.
- En el caso de becados de comedor, se va a proceder a sustituir la beca en especie, por una compensación económica equivalente conforme con las cantidades fijadas para las becas del periodo estival. Dichas cantidades se ingresarán en las cuentas bancarias que indicaron los beneficiarios en su solicitud.
Seguiremos informando. ¡Feliz día!
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